El derecho laboral o derecho del trabajo es el conjunto de normas que regulan la
relación entre empresarios y trabajadores. Este conjunto de leyes abordan
aspectos fundamentales de la relación laboral.
El Estatuto de los
Trabajadores da, por tanto dos definiciones clave para entender en qué consiste
el derecho laboral:
- Un empresario es una persona física o
jurídica, o una comunidad de bienes, que recibe la prestación de servicios
de otra persona.
- El trabajador presta sus servicios de
forma voluntaria, remunerada y con dependencia orgánica del empleador.
Fuentes del derecho
laboral:
1.
Constitución
En la Constitución se contemplan
garantías y libertades que tienen los individuos, y la protección de que
gozan frente al Estado. En ella ha comenzado a incorporarse derechos sociales
que regulan garantías mínimas aseguradas a los trabajadores, y frente a sus
empleadores.
2.
Tratados Internacionales
Los tratados internacionales constituyen una fuente directa de regulación de derechos laborales, garantizando a los trabajadores de los países signatarios derechos mínimos que los Estados firmantes se obligan a respetar.
3. Leyes
Las leyes son la principal fuente del Derecho laboral, y la directa expresión de la intervención del Estado en esta materia.
4. Reglamentos
Por lo general, los reglamentos de ejecución de
las leyes laborales, dictados por el poder ejecutivo, dentro de los límites
permitidos por la Constitución y las mismas leyes, complementan esas leyes en aspectos de
detalle.
Principios del derecho
laboral:
1. Principio
tutelar o protector
Este principio alude a la función esencial que
cumple el ordenamiento jurídico laboral, el establecer un amparo preferente a
la parte trabajadora, que se manifiesta en un desigual tratamiento normativo de
los sujetos de la relación de trabajo asalariado que regula, a favor o en
beneficio del trabajador.
2. Principio de la continuidad de la relación laboral
Este principio, reconocido a favor del
trabajador persigue que las relaciones laborales sean estables. Esto porque se
ha concebido al contrato de trabajo como una relación jurídica indefinida,
estable y de jornada completa, de tal manera que asegure la continuidad de la
permanencia del trabajador en la empresa, protegiéndola de rupturas e
interrupciones y limitando las facultades del empleador de ponerle término.
3. Principio de supremacía de la realidad
Puede definirse este principio señalando que en
caso de discordancia entre lo que ocurre en la práctica y lo que surge de
documentos o acuerdos, debe darse preferencia a lo primero.
4. Principio de razonabilidad
Es un principio bastante general que establece
la idea de lo razonable como criterio interpretativo de aquellas situaciones en
que producto de errores, confusiones, de simulación o de fraude es necesario
establecer el verdadero alcance de las cláusulas o de las situaciones
jurídicas, para no generar arbitrariedades o injusticias que no resulten
razonables.
5. Principio de la irrenunciabilidad de los derechos laborales
Este principio plantea la imposibilidad
jurídica de privarse voluntariamente de una o más ventajas concedidas por el
Derecho del Trabajo.
6. Principio de libertad sindical
Este es un principio referido a la génesis,
aplicación e interpretación del Derecho Colectivo del Trabajo.
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